El texto recoge aspectos de innovación, digitalización y teletrabajo encaminados a orientar la acción de los centros para asegurar la continuidad de la prestación del servicio educativo en posibles escenarios de pandemia. 👇
Teletrabajo, digitalización y atención a distancia
- Aceptado con carácter voluntario por el personal docente, el horario semanal del profesorado podrá contemplar hasta una hora lectiva y dos complementarias de atención al alumnado mediante el teletrabajo.
- En condiciones de semipresencialidad o no presencialidad, todas las horas complementarias de imposible ejecución por la naturaleza de la tarea encomendada podrán dedicarse a la atención a distancia del alumnado, computando como de presencia obligada.
- La dirección del centro tendrá previstas las modificaciones necesarias en los horarios del profesorado y de los grupos de alumnado para aplicarlas inmediatamente en caso de emergencia, de modo que no haya interrupción en la prestación del servicio educativo, aunque una parte del centro o su totalidad desarrollara su actividad en modalidades semipresenciales o no presenciales.
- Los equipos directivos adoptarán las decisiones necesarias para asegurar que todo el alumnado está en condiciones de ejercer su derecho a la educación en caso de que fuese necesario trabajar únicamente con medios telemáticos, fomentando metodologías activas basadas en la innovación, la digitalización y el uso de los mediosaudiovisuales para la atención a distancia.
- Los equipos directivos impulsarán y facilitarán la formación del profesorado a su cargo en competencia digital, uso de plataformas digitales de aprendizaje, elaboración de recursos didácticos abiertos, metodologías activas, uso de instrumentos y procedimientos de evaluación a distancia y seguridad laboral.
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